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Reflexión sobre los aspectos éticos en la dispensación

Prof. Farm.Andrea Paura

Facultad de Ciencias Exactas- UNLP

La profesión farmacéutica debe desarrollarse conjuntamente con la reflexión sobre sus consecuencias éticas. El eje de esta reflexión se debe situar en la promoción de la vida y la salud de las personas. La ética es el conjunto de principios y reglas que regulan el comportamiento y las relaciones entre seres humanos. En el campo profesional, el conjunto de normas éticas que regulan el comportamiento de los profesionales que involucran se conoce como deontología. Entre los comportamientos o conductas profesionales, muchas veces los farmacéuticos se enfrentan a cuestiones que no tienen respuestas ambiguas para su resolución, pero a veces, se presentan dilemas éticos en los que debe usar su juicio profesional para decidir la acción más apropiada. Ante cualquiera de los asuntos debe ser capaz de justificar sus decisiones ante sus colegas y ante cualquier persona que se vea afectada por las mismas.

En la oficina de farmacia, la dispensación sigue siendo la actividad con la mayor responsabilidad del farmacéutico. Actualmente, la dispensación se incluye en el concepto de suministro farmacéutico (ya no solamente de medicamentos) que supone la provisión de los medicamentos correctos en cantidades correctas y en dosificaciones correctas, a precios razonables y dentro de estándares reconocidos de calidad. En este nivel también se incluyen actividades relacionadas con la gestión del suministro como la fabricación, preparación, y distribución. La responsabilidad en la dispensación, por lo tanto podemos centrarla en el papel importante que desempeña el farmacéutico ante el acceso equitativo, los precios asequibles, la calidad y el uso racional de los medicamentos.

 

Los aspectos éticos relacionados con la dispensación enunciados más adelante se soportan en los principios éticos: beneficencia, no maleficencia, autonomía y justicia. Estos principios éticos son guías generales de la actuación. Parallevarlos a la práctica se deducen normas de comportamiento, puesto que la Ética es una ciencia normativa, no sólo descriptiva; en esta derivación o en su aplicación posterior puede haber discrepancias, que condicionan el grado de incertidumbre en Bioética. Estas normas incluyen derechos y deberes que afectan al farmacéutico y al paciente, como: consentimiento informado, confidencialidad, veracidad, etc.

Dos de los principios éticos se colocan a nivel universal; son presupuestos éticos de la relación profesional-paciente, es decir, previos a ella y por tanto independientes de la voluntad del paciente:
– El principio de no-maleficencia se refiere ala inocuidad. Hay que respetar la vida física de cada persona, no dañar a nadie intencionalmente, no hacer el mal.

– El principio de justicia exige tratar a todos con la misma consideración, sin hacer discriminaciones. Tiene en cuenta que la vida y la salud son bienes no sólo personales, sino también sociales. Este principio pretende conseguir el bien social, refiriéndose a la sociedad en general y a las personas en torno al profesional y al paciente. Tiene en cuenta la equidad, que lleva a proteger más a los más desfavorecidos.

Los otros dos principios se encuentran a nivel particular, y son los elementos éticos que constituyen la relación farmacéutico-paciente.

– El principio de beneficencia pretende que la actuación del farmacéutico sea beneficiosa para su paciente. En el ámbito personalista el bien del paciente no es mera corrección técnica; el respeto a la persona no consiste sólo en llegar a un acuerdo o elegir lo que más se adapte a la situación, sino que incluye el bien objetivo. O sea, maximizar los beneficios de la intervención y minimizar el daño potencial.
– El principio de autonomía tiene en cuenta la libertad y responsabilidad del paciente, que decide lo que es bueno para él. En caso de conflicto, un profesional no puede hacer bien al paciente en contra de la voluntad de éste, pero tampoco es posible obligar al farmacéutico a hacerle un mal (o lo que considera como tal), pudiendo llegar a romperse la relación profesional. Además del desacuerdo (en pacientes con capacidad de decisión) pueden surgir problemas cuando falta la autonomía, como en los niños, pacientes mentalmente incapaces, en coma, etc. Hay que saber respetar la autonomía, aunque sea reducida, y buscar la persona más adecuada en su entorno para colaborar en la decisión.

 

Para ilustrar el presente artículo, se eligieron tres casos relacionados a la ética farmacéutica en la dispensación, podrían haber sido otros los temas, el planteo de estos casos no implica que sean los únicos dilemas éticos a los cuales nos podemos enfrentar los farmacéuticos.

 

1)     Una señorita de aproximadamente 14 años se presenta en su farmacia y le pide un medicamento para evitar quedar embarazada después de una relación sexual no protegida, la cual ocurrió el fin de semana, pero no recuerda donde ni como. Ella ofrece pagar lo que sea pues su familia la echaría de la casa si se entera que está embarazada.

2)     Una señorita de aproximadamente 25 años solicita la dispensación de una receta de isotretinoina comprimidos, para el tratamiento de su acné. La receta proviene de un médico dermatólogo, pero no lleva duplicado, y no tiene indicados los datos de la paciente, el resultado del último test de embarazo, ni la fecha del consentimiento informado.

3)     Un señor de aproximadamente 40 años solicita la dispensación de una receta de levonorgestrel 0.75 mg comp. La receta está prescripta por un médico ginecólogo, contiene los datos de la paciente, edad, como así también el sello y firma del profesional, encontrándose en condiciones. El farmacéutico no acuerda con el uso de medicamentos que él considera abortivos.

 

La ética farmacéutica tiene aspectos básicos comunes al resto de las profesiones sanitarias, pero no hay que olvidar que sus conocimientos en relación a los medicamentos tiene como fin el beneficio del paciente, en síntesis la ética profesional gira en torno al ser humano.

Uno de los papeles importantes del farmacéutico es la promoción del uso racional del medicamento. En primer lugar, tiene una responsabilidad en la dispensación de los medicamentos que sólo pueden proporcionarse con receta médica. En el primer caso planteado puede negarse a la dispensación cuando se solicita sin receta, tanto desde el punto de vista ético como legal. Pero no siempre es tan sencilla de resolver la situación, ya que en muchos casos, los propios pacientes exigen la venta de tratamientos que utilizan periódicamente. Reflexionemos acerca de que nos está pidiendo esta señorita, a que medicamento apunta en su pedido, levonorgestrel? Nos encontramos ante una menor de edad que desea automedicarse con un medicamento de venta bajo receta, menudo problema que se resuelve desde la ética profesional, concepto con íntima relación en la responsabilidad social, es la ética la que nos ayuda a ejercer la responsabilidad en un marco de coherencia y correspondencia social. A fin de conceptualizar la responsabilidad social que le incumbe al farmacéutico en este caso podríamos considerar tres dimensiones en las cuales el profesional es responsable y ético:

ü  ante la ley: cumpliendo con todas las leyes, regulaciones y normas de la jurisdicción donde trabaja, alejándose de cualquier forma de corrupción, extorsión y soborno, conociendo el alcance de su responsabilidad profesional tanto en lo civil como en lo penal, y las sanciones aplicables al incumplimiento de los deberes relacionados con su profesión

ü  ante la comunidad: sirviendo a la comunidad con productos y servicios útiles y en condiciones justas

ü  y ante su profesión: expresando cualquier juicio profesional con la obligación de sostener un criterio libre de conflicto de intereses e imparcial, realizando trabajos (dispensación) con calidad técnica alineado con la legislación vigente, aceptando como una responsabilidad personal e intransferible los trabajos (las dispensaciones) llevados a cabo por él o realizados bajo su dirección, y podríamos mencionar muchas acciones más.

En el primer caso, se tendrá que hacer ver a la señorita la importancia de que un médico identifique la real necesidad de utilizar un anticonceptivo de emergencia, advirtiendo riesgos que puede correr al no dirigirse al profesional adecuado para su necesidad.

Otro dilema ético se nos presenta en el segundo caso, ya que podríamos analizarlo desde el conflicto interprofesional que se nos plantea. El farmacéutico tiene que sentirse obligado a dispensar la receta a pesar de que la misma no cumplimenta las legislaciones vigentes para que el pueda dispensar el medicamento? Como mencionamos en el caso anterior, también alcanza en este caso la responsabilidad y ética ante la ley, que en la práctica sería lo primeramente visible, aunque además se deber considerar la responsabilidad y ética ante la profesión, cuidando las relaciones con otros profesionales, transmitiendo conocimientos, trabajando con calidad técnica, absteniéndose de hacer comentarios sobre otro profesional que perjudiquen su reputación, consultando e intercambiando opiniones con otros profesionales. De acuerdo a los estándares profesionales de códigos éticos para farmacéuticos de la FIP (2004), los farmacéuticos están obligados, entre otros,  a colaborar con otros profesionales sanitarios para asegurar que se proporciona la mejor calidad posible de atención sanitaria tanto a individuos como a la sociedad en general, actuar con honestidad e integridad en sus relaciones con otros profesionales sanitarios y no mostrar ningún comportamiento que pueda desacreditar la profesión o minar la confianza pública en la profesión.

Por lo expuesto, y ante los severos riesgos a los que puede verse sometida la paciente, es necesario que la intervención se oriente a explicar el porque de las exigencias que la ley impone en la dispensación de la isotretinoina, la cual se encuentra bajo farmacovigilancia intensiva. La disposición de ANMAT es relativamente nueva y puede que el médico no esté al tanto de la misma, por lo cual, si la paciente lo autoriza, seria conveniente la comunicación directa con el médico para conversar de profesional a profesional, intercambiando información precisa y objetiva sobre el caso en cuestión, proporcionándola de manera tal que sea entendida.

El tercer caso expuesto exhibe el dilema ético que se le puede plantear a un farmacéutico que tenga objeción de conciencia para la dispensación de este medicamento. Es un derecho fundamental la objeción de conciencia para justificar la negativa a la dispensación del medicamento? El derecho del farmacéutico se encuentra por encima de los derechos de los pacientes a recibir el medicamento, cuando este último derecho es indiscutible al tratarse de un tratamiento prescripto por el médico?

La Ley 17565 de Farmacias del Poder Ejecutivo Nacional sólo establece expresamente que el farmacéutico puede negarse a la dispensación cuando:

  • presuma que en la receta hay error, sin consultar previamente con el médico
  • no estén escritas en español (admitiéndose denominaciones latinas) y no contengan expresado el peso y volumen según el sistema métrico decimal o no indiquen las unidades biológicas de acuerdo a las reglamentaciones, ni repetir las que contengan medicamentos heroicos sin nueva orden médica.

El Código de Ética Farmacéutica del Colegio de Farmacéuticos de la Provincia de Buenos Aires, sanciona con penalidades de acuerdo a la gravedad del caso a aquel farmacéutico, que sin causa justificada, se rehúse a entregar los medicamentos debidamente prescriptos (Art. 28°).

La expresión “sin causa justificada” incluye tanto las objeciones científicas como las consideraciones éticas o de conciencia?

Evidentemente, entran en colisión el derecho del farmacéutico como particular a no actuar en contra de sus convicciones y, como profesional, a respetar su obligación de dispensar los medicamentos prescriptos.

El farmacéutico podría negarse a dispensar, entendiendo que prevalece siempre el derecho a la protección de la salud cuando sienta la objeción, pero está suficientemente protegido en el libre ejercicio de la profesión? Tendrían los Colegios Farmacéuticos que respaldar la objeción de conciencia en sus códigos de ética?

 

Particularmente en la oficina de farmacia o farmacia comunitaria, la profesión farmacéutica viene experimentando cambios en los últimos tiempos. Desde la introducción de las Buenas Prácticas de Farmacia (OMS-FIP, 1993) al Manual de Desarrollo dela Práctica Farmacéuticacentrada en la atención del paciente (OMS, 2006) se profundiza una tendencia a cambiar la práctica del farmacéutico; de su función original de suministro de medicamentos a una orientación en el cuidado del paciente, evolucionado desde un elaborador y dispensador de medicamentos hacia un proveedor de servicios y de información y, últimamente, como proveedor de cuidados de salud. Estas funciones se basan en la promoción del uso adecuado de medicamentos, la educación sanitaria y promoción de estilos de vida saludables. Es habitual que existan situaciones que entran en conflicto con el deber profesional y la promoción de la vida yla salud. Laactuación del farmacéutico no puede ser fruto de una improvisación justificada en la buenaintención del farmacéutico.

El contexto actual requiere con urgencia que los profesionales farmacéuticos y las instituciones u organizaciones practiquen la responsabilidad social y sean éticos. Para transitar el cambio de paradigma que se le exige a la Farmacia en el siglo XXI, necesitamos que los farmacéuticos sean competentes, creativos, contextuales, conceptuales, y que comprendan que la ética profesional debe dejar de ser un discurso y reflejarse en acción cotidiana, en actos, actividades y tareas del ejercicio diario. Sólo así podremos afrontar esta crisis de legitimidad que vivimos.

 

 

Nota publicada en Correo Farmacéutico Argentino, N° 104, COFA

 

 

 

 

 

 

Posted in Novedades | 2 Comments

2 Responses to Reflexión sobre los aspectos éticos en la dispensación

  1. Deini Delgado says:

    Muy buena information.

  2. jacinta says:

    me parece muy buena la informacion y muy educativo para losqrecioen dseestan formando en elambito profesional de farmacia.

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