Comunicación institucional

El viernes 24 de junio hemos tomado conocimiento de decisiones arbitrarias de la Facultad de Psicología (UBA) en relación con la jubilación, el cese y el reemplazo en sus funciones de docentes colegas de algunas cátedras de la Licenciatura en Musicoterapia.

Lxs docentes adjuntxs interinxs -cargos jamás concursados a pesar de que la carrera tiene más de 25 años- de las cátedras Musicoterapia en Salud Mental (316), Teoría y Técnica de grupos (301) y la Práctica Profesional Área Clínica (330) han sido reemplazadxs por profesores ajenos a dichas cátedras y de vinculación personal con el grupo que gestiona la Facultad.

Quienes integramos la Cátedra Libre Musicoterapia de la Universidad Nacional de La Plata queremos manifestar nuestra profunda preocupación por la situación que acontece en la única carrera pública de Musicoterapia de nuestro país. 

Subyace a toda esta circunstancia una cuestión fundamental: la ausencia de concursos docentes para garantizar pluralidad de voces,  posibilidades reales de progreso en la carrera docente y participación efectiva en actividades  de investigación y extensión. Todo ello es indispensable a fin de lograr un nivel formativo de calidad para  estudiantes y graduadxs de la universidad pública en nuestro campo disciplinar.

Ante un nuevo atropello de la gestión, analizamos lo ocurrido en dos dimensiones. Por un lado, hacia el interior de la licenciatura donde creemos que lxs musicoterapeutas graduadxs son manifiestamente segregados, ocupando durante décadas cargos interinos de ayudantía para los que están sobrecalificados y negándoles arbitrariamente la “igualdad de trato y oportunidades” (Art. 23 inc. c. Decreto 1246/15). Por otro lado, alertamos sobre lo que consideramos una consolidación del intrusismo profesional. Observamos en este sentido, cómo se renuevan las excusas, alguna de ellas disparatadas como el argumento de junio de 2021 en la sesión del Consejo Superior de la Universidad de Buenos Aires, para no llamar a concurso docente, dejando espacios que deberían ser ocupados por musicoterapeutas, a cargo de psicólogxs. Es en este contexto donde se torna evidente el empobrecimiento disciplinar, donde se brinda una formación reduccionista, centrada en conceptos de hegemonía psi que no necesariamente se corresponden con la formación del musicoterapeuta y se obtura la posibilidad de crecimiento en áreas y ámbitos específicos.

Nos preguntamos si estas medidas discrecionales que se dan cotidianamente en la Licenciatura en Musicoterapia, constituyen actos de discriminación en los términos del inciso c del artículo 30 y del artículo 23 del Convenio Colectivo para Docentes de las Instituciones Universitarias Nacionales (Decreto 1246/2015).

Entendemos que estas acciones no son casuales. Musicoterapia en UBA es en este momento, un ámbito propicio para sumar cargos docentes para psicólogxs (cargos que sí se concursan) con el objeto de fortalecer un Consejo Directivo que sea funcional a la conducción de la Facultad. Un modelo con una carrera hegemónica y una carrera periférica, en la universidad pública

Nos solidarizamos con nuestrxs colegas de las cátedras mencionadas y reiteramos la ineludible necesidad de concursar cargos docentes, para una democratización efectiva de la educación pública universitaria.

Cátedra Libre Musicoterapia

UNIVERSIDAD NACIONAL DE LA PLATA

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